De la democracia deliberativa al autoritarismo

Nuestra República se configura, al menos según la Constitución, como una democracia participativa y deliberativa, pero como es bien sabido la teoría es gris y la vida es verde.

De la democracia deliberativa al autoritarismo

Columnista:

               Pedro Emilio Villamizar Flórez    

 

En vista del estado actual de la sociedad colombiana, el desconocimiento imperante sobre la estructura básica de nuestro Estado y sus funciones, he decidido darle continuidad al artículo Presidencialismo hipertrofiado y la cultura política del individualismo radical, el cóctel perfecto para la dictadura. Con esta segunda parte pretendo profundizar aspectos básicos de la institucionalidad del Estado y la filosofía en la que se basa.

Sea lo primero hacer la diferencia entre lo que es el autoritarismo y el totalitarismo, considero que no es necesario volver a explicar la concepción básica del Estado social y constitucional y democrático de derecho de la que se habló en la primera parte de este artículo de presidencialismo hipertrofiado, si bien de forma exigua considero que fue una explicación que abarca suficiente para el propósito pedagógico y general de estos artículos.

De forma sencilla y reduccionista se puede señalar que la diferencia entre autoritarismo y totalitarismo radica en que en la segunda se suprime por completo e inclusive con eliminación física cualquier tipo de discernimiento con relación al oficialismo, mientras que el autoritarismo se limita al silenciamiento.

Para ilustrar lo anterior, se puede tomar como ejemplo de totalitarismo la Alemania de entre 1933 y 1945, periodo en el cual pasó de uno de los mayores logros y conquista de la evolución social, es decir de la república de Weimar que inició con el final de la Primera Guerra Mundial con la promulgación en la ciudad de Weimar de la Constitución Política más progresista de su época, y finaliza con la llegada de Hitler a la Cancillería Alemana en 1933, momento en que se transforma el Estado alemán.

Los socialistas, comunistas, socialdemócratas, y anarquistas, entre otros, fueron dirigidos a centros de reeducación política (después se conocieron como campos de concentración), lugares en donde confinaban (inicialmente, porque luego los suprimían físicamente) también a los miembros del Parlamento que osaron estar en desacuerdo con el Partido Nacional Socialista de Obreros Alemanes [1], carácter totalitario que se consolidó con purgas internas como la conocida noche de los cuchillos largos que terminó con la ejecución de Ernst Röhm, y que llegó a su cenit en la Conferencia de Wannsee, todo lo anterior fue posible gracias a que el Estado de opinión se impuso en la elección parlamentaria de la Cancillería en 1933 [2].

Un ejemplo de autoritarismo lo podríamos ver en la República Popular China, que en 1982 consagró en su Constitución un sistema de partido único (también así las anteriores en 1978, 1975 y 1954), que corresponde al Partido Comunista Chino, es un Estado muy particular, pues en términos políticos es autoritario y muy hermético con su sistema comunista y, en sus relaciones económicas se presenta como una potencia al nivel superior de las economías de mercado occidentales, ha adoptado tanto el sistema capitalista en el que inclusive ha llegado a vulnerar reglas y resoluciones antidumping de la Organización Mundial de Comercio usando a la República China (Taiwán) para evadirlas, algo muy particular.

Ahora bien, nuestra República se configura, al menos según la Constitución, como una democracia participativa y deliberativa, pero como es bien sabido la teoría es gris y la vida es verde, siempre va a existir una diferencia substancial entre lo prescrito por los textos jurídicos y lo que materialmente pasa en las calles.

Nuestro diseño institucional además de las tres ramas del poder público (ejecutivo, judicial y legislativo) prevé varios controles para evitar que el poder se desborde. El constituyente estableció control disciplinario que puede ser interno en cada entidad e igualmente esta el poder preferente de la Procuraduría, ellos vigilan la conducta de los servidores públicos. Claro que sus facultades pueden ser seriamente modificadas con relación a la capacidad de sancionar con destitución a servidores de elección popular por los efectos de la sentencia de la CIDH del caso Petro vs. Colombia. 

Así mismo, está el control fiscal que vigila la inversión de los recursos públicos, ejercido por la Contraloría y la Defensoría del Pueblo que busca la eficacia de los derechos humanos, y la Fiscalía que si bien la Constitución la incluye dentro de la rama judicial, esta no posee jurisdicción alguna en el sentido de que no puede emitir sentencias o actos jurídicos propios de la judicatura. Es un ente investigador y acusador.

Respecto de esta última que generalmente pareciera operar de forma lenta sorprende la diligencia y lo expedito con la captura de los investigadores que interceptaron los audios y que dejan en evidencia la presunta financiación del presunto narcotraficante el 'Ñeñe' Hernández a la campaña del ahora presidente. ¿Se envía el mensaje de que los buenos emprendedores y gente de bien como el 'Ñeñe' son intocables?

Para entender cómo puede ser que en la letra sea todo tan perfecto, pero en la realidad diste de esa pretensión, hay que resaltar que la Constitución está lejos de prescribir una estructura perfecta; tengan en cuenta que la Constituyente del 91 otorgó muchas prerrogativas a la Presidencia en su función nominadora, pues el fiscal será elegido por la Corte Suprema de Justicia de terna enviada por el presidente de la República, de acuerdo con el artículo 249 de la Constitución Política.

Entonces, ¿el fiscal siempre va a tener una deuda de lealtad con el presidente por haberlo ternado? No sé, analicen ustedes la realidad social, el procurador elegido por el Senado de terna enviada por el presidente, el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia (artículo 276 C. P.), el defensor del Pueblo es elegido por la Cámara de Representantes y ternado por el presidente (artículo 281 C.P.). En ese orden de ideas los que deben ejercer controles son postulados por quién debe ser controlado.

Los funcionarios mencionados en el párrafo precedente son todos de la línea política del Centro Democrático, es decir que el candidato de la Presidencia ganó esas elecciones, lo que pone en entredicho nuestro sistema de pesos y contra pesos que es la piedra angular de toda democracia y consiste en la autonomía y capacidad de controlar el poder desde otra arista del poder, porque la democracia reducida a un mero Estado de opinión se desnaturaliza, pues sin los controles políticos, judiciales, orgánicos y ciudadanos previstos en la Constitución se degenera en el llamado Estado de opinión que no pasa de ser la falacia ad populum, pues el mero concepto y percepción de la mayoría (que generalmente se basa más en emociones que en razones) si establecer controles de racionalidad puede desembocar y seguramente lo hará en una tiranía de las mayorías.

Cuando los cimientos del Estado de derecho esta tan erosionados se torna como un orden ilegítimo ante los gobernados. Es tradicional que la estructura de poder se torne autoritaria y violenta para silenciar a los críticos, ya que existe una relación inversamente proporcional entre legitimidad o que tan fuerte es el Estado en sí mismo y el uso de la fuerza pública, pues entre menos se deba usar el monopolio de la violencia legitima contra los ciudadanos para que obedezcan más fuerte es el Estado, porque la gente lo percibe legítimo y obedece al sentirse persuadidos, en el caso contrario si el Estado es débil deberá recurrir frecuentemente al uso de la violencia para hacer que le obedezcan por medio de la disuasión, pues en ese caso carece de legitimidad que le da gobernabilidad ante la población civil y los únicos recursos que le quedaran para lograr obediencia son la criminalización y silenciamiento del opositor [3].

Precisamente los recientes hechos de represión desmedida en contra de los civiles hacen recordar el gobierno autoritario de la dictadura militar del general Rojas Pinilla [4], cuando en Bogotá en una manifestación en junio de 1954 murió un estudiante de la Universidad Nacional y, al día siguiente doce más fueron asesinados por el Ejército que disparó contra ellos, según el dictador los civiles habían disparado en contra de los militares, pero nunca se presentó prueba siquiera sumaría de sus afirmaciones, excusa similar a la del actual ministro de Defensa que dice que el ELN infiltró las protestas pero tampoco presenta pruebas de ello.

Actualmente y con la premisa de la doctrina del miedo y la filosofía del odio a lo diferente, algunos pretender instaurar el Estado de opinión, que terminaría destruyendo el Estado social, democrático y constitucional de derecho, que desde 1991 hasta el día de hoy ha tenido grandes éxitos en el ámbito social, político y económico, siendo lo más destacado la reciente inclinación a lo que podríamos denominar como un «Estado ontológico de derecho», concepto extraído del doctor Gregorio Mesa Cuadros que en realidad lo denomina Estado ambiental de derecho, pero yo prefiero denominar la misma idea con el adjetivo ontológico que hace referencia al ser, porque desde 2016 con la Sentencia T - 622 hito del rio Atrato se han venido reconociendo otros cuerpos de agua como sujetos de derecho [5], reconocimiento que hasta hace poco se le está empezando a hacer a biomas fundamentales para nuestra existencia como los páramos 

Citas y referencias 

[1] Tengan cuidado con el lenguaje, como ya expliqué en la primera parte de este artículo el mismo es meramente instrumental, y los nazis si bien introdujeron una centralización económica considerable, lo cierto es que desde que Hitler mientras cumplía su condena por intento de golpe de Estado escribió su libro Mi lucha, se declaró en guerra con los comunistas.

[2] La República de Weimar era un régimen político parlamentario, es decir que se privilegia el poder y control del órgano legislativo sobre el ejecutivo, y el presidente que es de elección popular solo es representante del Estado para cuestiones de política exterior, mientras que la política interna es manejada por un primer ministro o canciller que es elegido por los miembros del Parlamento.

[3] En relación con el autoritarismo y la posible censura, es importante resaltar la labor de investigación de plataformas como Cuestión Pública que hace seguimiento por ejemplo a los negocios de los legisladores. Es muy interesante e importante conocer quién hace las leyes en este país. 

[4] La dictadura militar de Rojas fue muy autoritaria, se censuraron periódicos como El siglo y el Diario gráfico, se proscribió el comunismo, al igual que Laureano Gómez (partidario de los nazis abiertamente) intentó obtener bombas de napalm para combatir el comunismo, se presentaron fuertes ataques para erradicar el comunismo en noviembre del 54 en Sumapaz, Cunday y Villarica, en donde murieron muchos campesinos.

[5] Entre ellos a los ríos Cauca, Magdalena, Quindío, Combeima, Cócora y Coello. Acá pueden leer los valiosos argumentos de algunas de las corporaciones judiciales que dieron ese salto cualitativo del Estado de derecho al Estado ontológico: https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2016/t-622-16.htm - http://files.harmonywithnatureun.org/uploads/upload837.pdf

 

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